SOLICITUD DE CERTIFICADOS DE NIVEL (TÍTULOS)
Los alumnos oficiales y libres que superen en la EOI de Salamanca las pruebas de certificación para la obtención del Nivel Básico A2, Nivel Intermedio B1, Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1 y Nivel Avanzado C2 de idiomas, podrán solicitar el certificado de nivel (título).
(Los títulos de Nivel Básico e Intermedio aprobados en el curso 2008/09 y anteriores se pueden retirar en la secretaría del centro sin solicitarlos, previa cita en el teléfono 923.24.14.61).
2) Modelo 046 (para el pago de las tasas) cumplimentado y pagado siguiendo estas instrucciones
3) Fotocopia de DNI, NIE o pasaporte en vigor
4) La documentación acreditativa de las exenciones y bonificaciones a las tasas
Si solicita el Certificado de Aptitud del Ciclo Superior del Primer Nivel, convocatoria anterior a mayo 1995, para el pago de las tasas tiene que presentar el Modelo 059
RECOGIDA DE TÍTULOS
Cuando el título esté a disposición del alumno se le comunicará enviándole un correo electrónico a la dirección indicada en la solicitud.
Las tasas por expedición de títulos o certificados son las siguientes:
|
Ordinaria |
Familia numerosa categoría general (bonificación 50%) |
Familia numerosa categoría especial / Víctimas de terrorismo / Discapacidad 33% (exentos) |
Certificado de Nivel Básico de Idiomas Certificado de competencia general del nivel Básico A2 de Idiomas |
10,80 |
5,40 |
0 |
Certificado de Nivel Intermedio de Idiomas Certificado de competencia general del nivel Intermedio B1 de idiomas |
16,20 |
8,10 |
0 |
Certificado de Nivel Avanzado de Idiomas Certificado de competencia general del nivel Intermedio B2 de Idiomas |
21,65 |
10,82 |
0 |
Certificado de Nivel C1 de Idiomas Certificado de competencia general del nivel Avanzado C1 de Idiomas Certificado de competencia general del nivel Avanzado C2 de idiomas |
25,90 |
12,95 |
0 |
Certificado de Aptitud del Ciclo Superior del Primer Nivel |
25,55 |
12,78 |
0 |
Expedición de duplicados por causas imputables al interesado |
7,65 |
3,83 |
0 |
(Artículo 139 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, modificada por la Ley 2/2017, de 4 de julio, de Medidas Tributarias y Administrativas).
Los solicitantes que deseen acogerse a las exenciones y bonificaciones a las tasas remitirán escaneada la siguiente documentación acreditativa: